¡Tenemos buenas noticias para empezar el Año Nuevo 2018! La Junta de Andalucía ha aprobado una ley para bajar los impuestos de sucesiones y donaciones en Andalucía. Esto significa que a partir del 1 de enero, 2018, padres y cónyuges, hijos y nietos, no pagarán impuestos en el primer millón de euros que hereden.
¡Estas son muy buenas noticias para los propietarios y compradores de propiedades en Andalucía también! El primer millón de euros heredado por su pariente más cercano será libre de los impuestos de sucesiones y donaciones. Quienes hereden más que este límite solamente pagarán los impuestos en la diferencia. Debemos de tener en cuenta que el millón de euros no computa por herencia, sino por el heredero. Por ejemplo, un padre que dejara hasta dos millones de euros repartidos en bienes a sus dos hijos, éstos no tendrían que liquidar el tributo. Hasta ahora, el límite era 250.000€ por heredero.
La mayor reforma tributaria en Andalucía en 35 años
Los impuestos de sucesiones y donaciones (ISD) son impuestos pagados por una persona quien hereda dinero o propiedad de una persona que ha fallecido. Los impuestos altos anteriores tuvieron graves consecuencias para Andalucía. Algunas personas no aceptaban la herencia por no ser capaces de pagar los impuestos exagerados en propiedades heredadas. Pero ahora, todo esto ha cambiado radicalmente gracias a la presión política. Ha tomado lugar la mayor reforma tributaria en Andalucía en 35 años.
¿Cuentan sus activos anteriores? Sí. Para beneficiarse de la exención, los activos propios del heredero deben ser inferiores a 1 millón de euros. Según la antigua ley, el límite se estableció en 402.678,11 euros. Entonces, de nuevo, una mejora.
¿Cómo afecta esta reforma a las donaciones?
En Andalucía, las donaciones son más costosas que las herencias, entre otras razones porque la normativa autonómica contempla menos reducciones en la cuota del ISD. La Junta de Andalucía establece una exención del 99% en las donaciones de dinero de padres a hijos o descendientes. Siempre y cuando vaya destinado íntegramente a la compra de la primera vivienda habitual y que el donatario sea menor de 35 años o tenga una minusvalía igual o mayor que un 33%.
El acuerdo introduce un cambio cuando el destino de la donación es para crear una empresa o ampliarla. Otra vez se establece la barrera del millón de euros. Las donaciones entre parientes directos (padres e hijos) hasta esta cuantía, no tributan siempre que el importe íntegro de las mismas estén destinadas a la creación o ampliación de una empresa individual o un negocio.
Rebecca Marriott | 18 enero 2018